JAVIER CORRAL PROPONE TRANSFERIR LA JUNTA SOCIAL DE ASISTENCIA A JUÁREZ
Por Agencias, 15/10/2017 10:58
El gobernador, Javier Corral Jurado, presentó propuesta de reforma al Congreso del Estado para modificar el domicilio de la Junta Social de Asistencia Privada y transferirla de Chihuahua a Ciudad Juárez.
La Junta de Asistencia Social Privada del Estado de Chihuahua es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal, sectorizado a la Secretaría de Fomento Social, dotado de personalidad jurídica, patrimonio y autonomía de gestión propios, con domicilio en la ciudad de Chihuahua, sin embargo se plantea que ahora se instale en Juárez.
Señala el mandatario que este cambio de residencia permite seguir avanzando en la planeación y administración de programas y proyectos como parte del impulso al desarrollo regional y local, y con ello, de igual manera, un mayor grado de interacción y fortalecimiento del trabajo por parte de gobierno del Estado con organizaciones sociales en materia de asistencia social y privada en beneficio de grupos vulnerables de la sociedad.
El Gobierno de la Junta de Asistencia Privada está a cargo de los siguientes órganos: I. Un Consejo Directivo, que será el máximo órgano de gobierno de la Junta de Asistencia Privada. II. Un Presidente de la Junta de Asistencia Privada, el cual será nombrado por el Gobernador del Estado como Coordinador General del Órgano Público Descentralizado. III. Un Secretario General, nombrado por el Consejo Directivo de entre una terna propuesta por el Presidente de la Junta de Asistencia Privada, IV. Un Director Ejecutivo de la Junta de Asistencia Privada del Estado, nombrado y removido libremente por el Presidente de la Junta.
El Consejo Directivo lo integran: I.- Por el titular de la Secretaría de Fomento Social de Gobierno del Estado, como dependencia cabeza de sector. II.- Por cuatro Consejeros representantes de las siguientes instancias: a).- Dos consejeros nombrados por las universidades públicas del estado; b).- Un consejero nombrado por el Consejo de Notarios de Chihuahua. c).- Y por un consejero ciudadano de reconocida honorabilidad y trabajo filantrópico, III. Por tres Consejeros nombrados de entre las Instituciones de Asistencia Privada y de entre las Asociaciones que tengan por objeto la prestación de servicios de Asistencia Privada con domicilio en el Estado, IV. Por los titulares de la Secretaría de Finanzas y de la de Administración. Con suplentes excepto en el caso del Presidente del Consejo Directivo.
La Junta de Asistencia Privada, tiene por objeto: I. Promover, apoyar y proteger los intereses de la Asistencia Privada en el Estado, y gestionar lo necesario para el cumplimiento de dicho objeto. II. Fijar de conformidad con las leyes aplicables, la normatividad que deba regir a la Asistencia Privada, así como vigilar, coordinar y supervisar, que los actos de las instituciones de asistencia privada se realicen conforme a su objeto y a la normatividad vigente. III. Fomentar y apoyar a las Instituciones de Asistencia Privada con domicilio en el Estado, y a las asociaciones y organizaciones que presten servicios de asistencia privada, que sin cambiar su régimen a Institución de Asistencia Privada, voluntaria y expresamente acepten recibir los beneficios y asumir las obligaciones que estas tienen. IV. Proteger los intereses de los beneficiarios de los servicios de Asistencia Privada. V. Defender los bienes destinados a la Asistencia Privada y ejercitar en relación con los mismos, acciones que se deriven de esta Ley, y demás disposiciones legales o de la voluntad de los particulares. VI. Coadyuvar con las Instituciones de Asistencia Privada en la gestión de los trámites que éstas deban realizar ante las autoridades federales, estatales y municipales, así como promover a favor de dichas Instituciones, estímulos fiscales y facilidades para que reciban donativos
FUENTE AGENCIAS