BANNER salvar vidas 25 nov 24
Noticias Al Día
¿ESTA DE ACUERDO CON LA ELIMINACIION DE LOS ORGANISMOS A UTONOMOS?

03:56 pm Chihuahua, Chih., México jueves 2 de enero, 2025

DERECHO ELECTORAL DEL ENEMIGO (2.ª de 3 partes).

Por LUIS VILLEGAS MONTES, 2024-10-30 17:52:49

Dado lo extenso del tema, he decidido fraccionar en tres, no en dos, los artículos sobre este tema. Continúo: Establecido que el derecho penal del enemigo implica que ciertas personas, debido a su supuesta peligrosidad o comportamiento contrario al sistema, sean tratadas de manera distinta a los “ciudadanos normales”

es decir, tratadas como enemigos del sistema, a quienes se les puede restringir sus derechos sin las garantías propias de un estado de derecho, es precio ahondar sobre esa noción, aplicada a la materia electoral, en atención a lo que está ocurriendo hoy en día en nuestro país. El de “derecho electoral del enemigo” resulta un concepto pertinente y, si se quiere, hasta un “neologismo” útil para describir esa clase de derecho que en materia electoral hace odiosas distinciones entre los ciudadanos y, así como en los últimos tiempos ha privilegiado ciertos derechos de las minorías, ahora utiliza la fuerza en las cámaras del Congreso de la Unión para hacer leyes especiales, y a modo, en detrimento de un grupo específico de personas, como son los ministros, magistrados y jueces que integran los poderes judiciales federal y locales. Para formular esta tesis, es decir, la existencia en México de un derecho electoral del enemigo aplicable a la realidad política-electoral por la que atraviesa nuestro país, es preciso tomar en cuenta, primero, algunos de los principios constitucionales aplicables al caso, como son la inamovilidad y la independencia judiciales; segundo, la certeza y legalidad en materia electoral; y tercero, la conocida como teoría del derecho penal del enemigo. La inmovilidad judicial es un principio reconocido en tratados internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), donde se establece que los jueces deben gozar de estabilidad en sus cargos para garantizar su independencia. La reforma que afecta este principio podría estar en contravención del artículo 8 de dicha convención, que garantiza el derecho a un proceso justo y a la estabilidad en el cargo de los jueces. A su vez, la independencia judicial es un pilar fundamental en cualquier estado democrático, y está protegida tanto por la Constitución Mexicana como por tratados internacionales. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también establece en su artículo 14 la necesidad de una judicatura independiente. Además, la Carta Democrática Interamericana hace referencia explícita a la independencia de los órganos judiciales como garantía del ejercicio democrático. Podríamos utilizar estos argumentos para demostrar que la reforma atenta contra el orden constitucional y los compromisos internacionales de México. Respecto a de la garantía contra presiones externas, los Principios Básicos de la ONU disponen que los jueces resolverán los asuntos que conozcan “basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”.[1] Asimismo, dichos Principios establecen que no “se efectuarán intromisiones indebidas o injustificadas en el proceso judicial”.[2] Por lo que hace a la estabilidad en el cargo, esta garantía no es absoluta. El derecho internacional de los derechos humanos admite que los jueces sean destituidos por conductas claramente reprochables. En su Observación General No. 32, el Comité de Derechos Humanos estableció que los jueces podrán ser destituidos únicamente por razones graves de mala conducta o incompetencia.[3] Esta garantía implica que la destitución debe obedecer a conductas bastante graves, mientras que otras sanciones pueden contemplarse ante eventos como negligencia o impericia. El principio de certeza y legalidad en materia electoral, contenido en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, exige que las autoridades electorales operen bajo condiciones de imparcialidad y transparencia. Si la reforma judicial mina estos principios, podemos argumentar que afecta de manera directa el proceso electoral y la imparcialidad de los órganos jurisdiccionales en materia electoral, lo cual también contraviene tratados como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha estimado que en materia electoral (AI 19/2005): “a) el principio de legalidad significa la garantía formal para que los ciudadanos y las autoridades electorales actúen en estricto apego a las disposiciones consignadas en la ley, de tal manera que no se emitan o desplieguen conductas caprichosas o arbitrarias al margen del texto normativo […] de modo que todos los participantes en el proceso electoral conozcan previamente con claridad y seguridad las reglas a que su propia actuación y la de las autoridades electorales están sujetas”.[4] En este contexto resulta pertinente traer a colación la mencionada teoría (derecho electoral del enemigo), porque ayuda a demostrar cómo la reciente reforma judicial busca tratar a ciertos funcionarios judiciales como “enemigos del Estado”, limitando sus derechos y garantías fundamentales bajo la premisa de proteger al sistema judicial. Bajo ese enfoque es de destacar el argumento de que se está vulnerando el principio de igualdad ante la ley y que la reforma busca ejercer un control excesivo sobre ciertos actores judiciales, en este caso, ministros, jueces y magistrados. Precisamente de ahí que se emplee la expresión: “derecho electoral del enemigo”, porque ciertamente se pretende normar y llevar a cabo un proceso electoral para destituir de facto a las personas juzgadoras de todo el país, al amparo de supuestas normas constitucionales y legales que aparentemente observan ciertos requisitos. Continuará… Contácteme a través de mi correo electrónico o sígame en los medios que gentilmente me publican, en Facebook o también en mi blog: http://unareflexionpersonal.wordpress.com/ Luis Villegas Montes. [email protected], [email protected] [1] Principio 2 de los Principios Básicos de las Naciones Unidas. Énfasis añadido. [2] Principio 4 de los Principios Básicos de las Naciones Unidas. Énfasis añadido. [3] Cfr. Comité de Derechos Humanos, Observación General No. 32, Artículo 14: El Derecho a un Juicio Imparcial y a la Igualdad ante los Tribunales y Cortes de Justicia, CCPR/C/GC/32, 23 de agosto de 2007, párr. 20. Ver también Comité de Derechos Humanos, Comunicación No. 1376/2005, Soratha Bandaranayake Vs. Sri Lanka, CCPR/C/93/D/1376/2005, párr. 7.3. [4] Énfasis añadido



INVITACIONES  DIGITALES
facebook




Minuto a minuto
Ver Ultimas Noticias
La Agenda
TODO SE ACABA
En esta época podemos aplicar el viejo dicho de que: “ se mueren los abuelos y todo se acaba” y no estamos hablando de la inseguridad, que vive el país, de la falta de medicamentos que hay en hospitales públicos, del problema de los migrantes que se avecina, sino de las muy bellas tradiciones decembrinas de nuestro México entre ellas las posadas.
Por: PEDRO FLORES LINARES
Columnas


FORTALECE ESTADO LA AUTOSUFICIENCIA ALIMENTARIA CON INSUMOS PARA 880 FAMILIAS INDÍGENAS
Fortalece Estado la autosuficiencia alimentaria con insumos para 880 familias indígenas Habitantes de los municipios de Uruachi, Ocampo, Guachochi y Carichí, fueron[...]
Por: Agencias
DIEZ RETOS DE MÉXICO ESTE 2025: DESDE LA PRIMERA ELECCIÓN JUDICIAL AL IMPACTO DE TRUMP
Diez retos de México este 2025: desde la primera elección judicial al impacto de Trump Estos son los 10 eventos que hay que observar en México este año, en materia política, de seguridad y[...]
Por: Agencias
CLAUDIA SHEINBAUM ACUSÓ QUE “NO ES POSIBLE” QUE LOS PRECIOS DE LAS GASOLINAS SEAN TAN ELEVADOS EN ALGUNOS LUGARES
La presidenta Claudia Sheinbaum instruyó el establecimiento de mecanismos para evitar que los precios de la gasolinas aumenten por algún tipo de[...]
Por: Agencias
TRES ASESINATOS EN COLIMA
Este fin de semana se registró el asesinato de Audel Arnoldo Hernández Solís, secretario de Juzgado del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de[...]
Por: Agencias
AVIÓN SE ESTRELLA EN AEROPUERTO DE COREA DEL SUR; 85 MUERTOS
Al menos 85 personas murieron después de que un avión se saliera de pista y chocara contra un valla tras aterrizar en el aeropuerto internacional de Muan, en la provincia surcoreana Jeolla del[...]
Por: Agencias
REALIZA GOBERNACIÓN ESTATAL 147 INSPECCIONES Y CLAUSURA SEIS ESTABLECIMIENTOS DURANTE LA ÚLTIMA SEMANA
Durante la semana del 23 al 29 de diciembre, la Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Gobernación, efectuó 147 inspecciones a establecimientos que expenden y/o[...]
Por: Agencias
FUNCIONARÁ UN BOTÓN DE ALERTA PARA MIGRANTES EN “INMINENTE RIESGO DE DETENCIÓN” EN EU
El gobierno mexicano lanzó el botón de alerta para migrantes que se vean en un “inminente riesgo de detención” en Estados[...]
Por: Agencias
INVITA SECRETARÍA DE HACIENDA A APROVECHAR ÚLTIMOS DESCUENTOS DEL PROGRAMA BORRÓN Y CUENTA NUEVA EN DICIEMBRE
Los módulos de Recaudación de Rentas de siete municipios, estarán abiertos este sábado para atender a las y los[...]
Por: Agencias
CADA 15 HORAS, MORENA Y SUS ALIADOS APROBARON UNA REFORMA CONSTITUCIONAL.
Cada 15 horas, Morena y sus aliados aprobaron una reforma constitucional. Sumaron 16 modificaciones a la Carta Magna en 40 sesiones del Congreso para rehacer las instituciones del[...]
Por: Agencias


Sitio desarrollado por Exosfera.com