EXIGIRÁN A AUDITORES DELATAR INFRACTORES
Por Agencias, 22/10/2021 07:41
Si los auditores de empresas no advierten al SAT de omisiones de contribuciones recaudadas, retenidas o trasladadas de los contribuyentes podrán ir a la cárcel.
La Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 91-A del Código Fiscal que establece la responsabilidad a los contadores de reportar al SAT incumplimientos de las empresas que auditan y que tengan ingresos de mil 650 millones de pesos anuales o más. De no hacerlo enfrentarán hasta 6 años de cárcel.
De acuerdo con Diamantina Perales, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), aunque la propuesta original fue modificada eliminando la obligatoriedad de identificar un delito fiscal y clasificarlo, quedó la imposición de reportar incumplimientos detectados en declaraciones fiscales, pese a que éstos no son delitos y pueden ser corregidos en plazos determinados.
Esta obligación todavía será discutida en el Senado en los próximos días, pero en lo aprobado por los diputados no se detalla bajo qué normas deberá ser reportado.
De acuerdo con Perales, los contadores y auditores operan bajo las normas de auditoría, algo que en la propuesta no se puntualiza y deja en ambigüedad la responsabilidad de los contadores.
Asociaciones de contadores públicos se pronunciaron en contra de esa medida pues, en su consideración, excede "en mucho el trabajo de auditoría de estados financieros y genera una amenaza de intimidación a la objetividad e independencia profesional del auditor".
David Nieto, presidente de la comisión representativa ante las administraciones generales de fiscalización del SAT del IMCP, sostuvo que los contadores están obligados a revelar, según la normatividad y el propio Código Fiscal, un presunto incumplimiento, pero se trata actualmente de revelación sin el riesgo potencial de sanciones y en la nueva propuesta la sanción sería la cárcel.